Valores Jurídicos Conexos.

 La Justicia:

Principio moral que inclina a obrar y juzgar respetando la verdad y dando a cada uno lo que le corresponde” nos dicta una definición extraída de diccionario. Este valor es fundamental dado que la ciencia jurídica tiene como principal objetivo su realización plena, en todos los ámbitos que el derecho regula, dado que el ordenamiento positivo se compone de un conjunto de reglas destinadas a regular la conducta humana en sociedad en orden al bien común, la paz y la justicia, teniéndose por objetivo lograr una convivencia social armónica en carácter integral. La justicia es y debe ser siempre el valor supremo, comprende un ideal de intransigible supremacía y debe encontrarse muy presente tanto en las relaciones sociales actuales como en el futuro también. Es por ello que como primer valor fundamental elijo a la “Justicia” en el entendimiento que esta es fundamental para lograr una convivencia pacífica y armoniosa, por ende, al adoptarse y reconocerse a la justicia como tal, en consecuencia, las distintas normas dictadas por los legisladores deberán adecuarse a ella y por ende se tendrán reglas jurídicas acordes para la realización del ideal “justicia” en sí.

El Orden:

Puede definirse al “orden” como la “Manera de estar colocadas las cosas o las personas en el espacio o de sucederse los hechos en el tiempo, según un determinado criterio o una determinada norma” o bien como la “Situación o estado de normalidad o funcionamiento correcto de algo, en especial armonía en las relaciones humanas dentro de una colectividad”. De las definiciones expuestas precedentemente podemos entender que el “orden” se traduce en un estado de “normal funcionamiento” o bien de “armonía en las relaciones humanas”, esto es fundamental para el desarrollo y progreso en el ámbito social, sin orden el conjunto social de individuos se desempeñaría en forma caótica, incrementándose por doquier los conflictos y las lesiones a los derechos individuales, situación inaceptable en una sociedad moderna. Es por ello que el ordenamiento jurídico imperante sanciona un conjunto de normas cuya observancia y cumplimiento es requerida al conjunto de individuos que integra esa unidad social, quedando estos compelidos a acatar lo dispuesto en tales normas so pena de ser sancionados conforme a las penas impuestas en las mismas. Por ende, en este entendimiento creo pertinente citar al “orden” como un valor fundamental para el desarrollo positivo de una sociedad, tanto en la actualidad como también para el futuro.

El bien común:

Como bien lo había señalado el filósofo-político estadounidense John Rawls el bien común comprende “ciertas condiciones generales que son de ventaja para todos”, pues tal cual, “bien común” es un concepto amplio pero que se enlaza estrechamente al disfrute, al bienestar colectivo o a lo que sea de provecho para la mayoría de individuos que integra la colectividad. Desde el punto de vista jurídico, las normas actúan como agentes moderadores y orientadores de la conducta humana en orden a la realización del bien común. Este es el que debe primar como interés supremo, dado que en la actualidad los distintos ordenamientos jurídicos se han encargado de consagrar “derechos y principios fundamentales” tales como la vida, la igualdad y la seguridad ante la justicia en el entendimiento de que su vigencia garantizara una convivencia más armónica y justa.

Por todo lo expuesto he electo como último valor al “bien común” en el presente trabajo, dada la importancia que este ejerce como valor fundamental en la sociedad y su papel constructivo en el desarrollo de la misma, siendo un factor de equilibrio para su desarrollo.

Concluyo resaltando la importancia de los valores precedentemente expuestos, su papel constructivo en el desarrollo social, y su importancia en el día a día, tanto en la actualidad como para el futuro también. Una sociedad sin valores uniformemente consagrados y reconocidos está condenada al atraso, al caos y al desorden, es por ello que es importante reconocer el papel trascendental que desempeñan en el desarrollo social y lo transversal de su práctica en el día a día por todos los individuos de la colectividad.

Redactado por Jorge A. Lima. ®

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